
Department of Taxation and Finance
Instrucciones para el Formulario IT-657 Crédito por gastos de capital por COVID-19
IT-657-I
Versión para impresora (PDF) (en inglés)
Información general
El crédito para costos de capital por COVID-19 solo estaba disponible para pequeñas empresas que incurrieron en ciertos costos de capital calificados por COVID-19 desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Solo puede reclamar el crédito si recibió una parte del crédito de una entidad a la que Empire State Development (ESD) le haya emitido un certificado en 2023.
Si está reclamando el crédito para costos de capital por COVID-19 para un año tributario anterior, use el Formulario IT-657, Crédito por costos de capital por COVID-19 del año correspondiente, para reclamar el crédito.
Elegibilidad
Usted es elegible para este crédito si:
- está sujetos a impuestos conforme al artículo 9-A o 22 de la Ley Tributaria; y
- recibió una parte del crédito de su sociedad, corporación S de Nueva York, o patrimonio o fideicomiso.
Detalles del crédito
No incluya ningún gasto o costo, pagado o incurrido, para calcular este crédito que usó para calcular cualquier otro crédito fiscal.
Si no usa la totalidad del crédito para su obligación tributaria del año actual, puede solicitar un reintegro o aplicar el sobrepago al impuesto del próximo año. Sin embargo, el Departamento de Impuestos no pagará intereses sobre el reintegro ni el sobrepago.
Se requiere que usted recupere cualquier crédito previo por una revocación de un certificado de crédito fiscal. Consulte el Esquema D.
Cómo reclamar el crédito
Si es un individuo (persona física), un beneficiario o un fiduciario de un patrimonio o fideicomiso, un socio en una asociación (incluidos miembros de una compañía de responsabilidad limitada tratada como una asociación para fines de impuestos federales), o un accionista de una corporación S, reclame el crédito presentando el Formulario IT-657 junto a su declaración de impuestos.
Una pareja casada en una empresa comercial que realizó una elección conforme al IRC 761(f) de presentar dos formularios de Esquema C federales en lugar de una declaración de impuestos de asociación: Si presentan una declaración conjunta, calcule su crédito como si estuviera presentando un Esquema C federal para el negocio. Complete los Esquemas C y D, si corresponde.
Un patrimonio o fideicomiso que divide el crédito entre sí mismo y sus beneficiarios debe presentar el Formulario IT-657 junto con el Formulario IT-205, Fiduciary Income Tax Return (Declaración del impuesto sobre el ingreso de un fiduciario), que muestre la parte del crédito correspondiente a cada beneficiario.
Una asociación debe presentar el Formulario IT-657 junto con el Formulario IT-204, Partnership Return (Declaración de impuestos de una asociación), que muestre el crédito total.
Una corporación S de Nueva York no presenta el Formulario IT-657. Debe presentar el Formulario CT-657, COVID-19 Capital Costs Credit (Crédito por gastos de capital por COVID-19).
Si usted es un accionista de una corporación S, obtenga la parte que le corresponde del crédito por gastos de capital por COVID-19 de la corporación S y siga las instrucciones en este formulario para reclamar el crédito en su declaración del impuesto sobre el ingreso personal.
Instrucciones para las líneas
Formularios adicionales: Si tiene más entradas de las que caben en las líneas proporcionadas en los Esquemas A, B, y D, presente Formularios IT-657 adicionales, completando solamente los esquemas necesarios. Incluya su nombre y el número de identificación de contribuyente en cada formulario. En la línea indicada del primer Formulario IT-657, incluya los totales de todos los Formularios IT-567 adicionales. Coloque los formularios adicionales detrás del primer Formulario IT-657 y preséntelos junto a su declaración de impuestos.
Esquema A: Parte del crédito que le corresponde a un socio, accionista o beneficiario
Ingrese la información adecuada para cada asociación, corporación S de Nueva York, o patrimonio o fideicomiso del que haya recibido una parte del crédito por gastos de capital por COVID-19. Obtenga su parte del crédito e información del certificado de su asociación, corporación S, patrimonio o fideicomiso. De ser necesario, consulte Formularios adicionales.
Esquema B: Parte del crédito que le corresponde a un beneficiario o fiduciario
Un patrimonio o fideicomiso debe completar este esquema. Si un patrimonio o fideicomiso asigna el crédito a sus beneficiarios, debe basar la división en la parte proporcional de los ingresos del patrimonio o fideicomiso correspondiente a cada beneficiario. Brinde a los beneficiarios su parte del crédito. De ser necesario, consulte Formularios adicionales.
Esquema C: Cálculo del crédito
Líneas 7 y 8: Complete las líneas que correspondan para usted.
Fiduciarios: No ingrese una cantidad en la línea 7.
Línea 9
Personas físicas: Ingrese el importe de la línea 9 y el código 657 en:
- Formulario IT-201-ATT, línea 12; o
- Formulario IT-203-ATT, línea 12.
Asociación: Ingrese el importe de la línea 9 y el código 657 en el Formulario IT-204, línea 147.
Fiduciarios: Ingrese el importe de la línea 9 en el Formulario IT-205, línea 33.
Esquema D: Recaptura del crédito
Si ESD revocó de manera parcial o total un reclamo previo de crédito por gastos de capital por COVID-19 que ganó de manera directa o en una asociación, el importe del crédito revocado por ESD debe volver a agregarse al impuesto para el ejercicio fiscal en el que la revocación sea definitiva.
Las corporaciones S, asociaciones y fiduciarios deben suministrar a sus accionistas, socios y beneficiarios el número de certificado y la parte que les corresponde del crédito revocado.
Ingrese el número del certificado en la columna A, y el importe del crédito revocado en la columna B. Si es necesario, consulte Formularios adicionales.