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Crédito por cuidado de hijos y dependientes (Estado de Nueva York) (Child and Dependent Care Credit: New York State)

¿Quién es elegible?

Tiene derecho a este crédito si usted:

  • calificó para reclamar el crédito federal por cuidado de hijos y dependientes según su FAGI recalculado (ya sea que reclamó el crédito federal o no).

Para obtener información sobre cómo calificar para el crédito federal, consulte la federal Publication 503 Child and Dependent Care Expenses (Publicación federal 503) (Gastos por cuidado de hijos y dependientes)  

¿De cuánto es el crédito?

  • El crédito se calcula según el monto de su ingreso bruto ajustado del Estado de Nueva York, el número de personas que califiquen y el monto de gastos calificados pagados.

¿El crédito es reembolsable?

  • Residentes de año completo: totalmente reembolsable
  • Personas no residentes: no es reembolsable
  • Residentes de año no completo: parcialmente reembolsable

¿Cuáles son los requisitos de mantenimiento de registros?

Después de revisar su declaración fiscal, podríamos pedirle que demuestre que tiene derecho al crédito. Necesitará la siguiente información si pretende reclamar el crédito:

  • cheques cancelados o giros postales
  • facturas de pagos en efectivo recibidas al momento del pago, que puedan ser verificadas por el departamento

A fin de saber más sobre los requisitos de mantenimiento de registros, consulte nuestra Checklist for child and dependent care expenses (Lista de verificación de gastos para el cuidado de hijos y dependientes).

Información adicional

 Consulte Form IT-216 (Formulario IT-216), Claim for Child and Dependent Care Credit (Reclamo del crédito por cuidado de hijos y dependientes) y sus instructions (instrucciones).

NYS Child and Dependent Care Credit

NYS Child and Dependent Care Credit
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