Respuesta del Departamento de Impuestos (Tax Department) ante el nuevo coronavirus (COVID-19)
Nueva información sobre el cheque de estímulo económico: lo que debe saber
El Departamento de Impuestos del Estado de Nueva York (New York State Tax Department), junto con la oficina del Gobernador y otros organismos del estado, responden ante la propagación del coronavirus (COVID-19) brindando información para los afectados. Esta página se actualizará a medida que se disponga de más información.
Sabemos que su principal prioridad es mantener a su familia protegida y sana. Es nuestra principal prioridad también. Si tiene preguntas, incluidas qué condados se encuentran afectados actualmente, cómo protegerse o dónde realizarse la prueba, visite el sitio web del Departamento de Salud del Estado de Nueva York (New York State Department of Health) en Novel Coronavirus (COVID-19) New York State is Ready (Nuevo coronavirus [COVID-19] - El estado de Nueva York está preparado). El enlace se encuentra en el encabezado de todos los sitios web de los organismos del estado de Nueva York.
También entendemos que muchos de ustedes se encuentran preocupados acerca de sus impuestos sobre la renta u otras declaraciones de impuestos. Escuchamos sus opiniones y tomamos las medidas al respecto. Otros organismos también brindan asistencia. Los enlaces se encuentran al final de esta página.
Estas son las preguntas que recibimos de su parte junto con nuestras respuestas. Si no encuentra su pregunta a continuación, consúltenos a través de nuestra Encuesta sobre Experiencias de los Contribuyentes. Añadiremos preguntas y respuestas generales aquí. Como siempre, si requiere asistencia inmediata con una duda sobre impuestos, comuníquese con nosotros.
Preguntas y respuestas
¿Se postergará mi reembolso?
A menos que debamos pedirle información adicional para verificar lo que presentó en su declaración, no anticipamos demoras en el procesamiento.
¿Pagarán intereses sobre mi reembolso del estado de Nueva York?
Particulares, fiduciarios y sociedades
Con el cambio de la fecha de vencimiento de las declaraciones y pagos de impuestos de 2019, del 15 de abril de 2020 al 15 de julio de 2020, fue necesario un ajuste en la forma de calcular los intereses de reembolso para las declaraciones de impuestos de 2019 que se presentaron antes del 15 de julio de 2020. Por ello, el Departamento de Impuestos no pagó los intereses cuando se emitieron los cheques de reembolso de las declaraciones de la renta de 2019. En cambio, para aquellas devoluciones en las que se debían pagar intereses, se emitió un cheque por separado para los intereses una vez finalizado el cómputo actualizado.
¿El centro de llamadas estará abierto?
Sí, nuestro centro de llamadas permanecerá abierto.
Estamos muy orgullosos de nuestros representantes del centro de llamadas y de su capacidad para seguir prestando asistencia sin importar lo que se presente. Una forma en la que colaboramos durante eventos como este es brindando apoyo telefónico a quienes necesiten ayuda o información sobre la COVID-19. Los empleados del Departamento de Impuestos brindaron asistencia crítica las 24 horas del día durante el 11 de septiembre, el huracán Irene y la supertormenta Sandy, y ahora están aquí para usted. Puede que el tiempo de espera sea prolongado en caso de que necesite llamarnos, así que apreciamos mucho su paciencia.
A continuación, le indicamos cómo puede ayudar a reducir la cantidad de llamadas e igualmente obtener la información que necesita en la mayoría de los casos:
- Verifique el estado de su reembolso en línea o llamando a nuestro sistema telefónico automatizado; así reducirá los tiempos de espera en general, incluso para quienes llamen con preguntas urgentes sobre la COVID-19.
- Siempre que sea posible, busque respuestas en línea antes de llamar. Consejo: Hemos añadido la sección Top Recommendations (Recomendaciones Principales) a la información más buscada en nuestro sitio web.
- Si no encuentra lo que necesita, use la casilla Search Tax (buscar impuesto) en la esquina superior derecha de nuestro sitio web.
- Si tiene una duda general, comuníquese a través de nuestras redes sociales. Nuestro equipo lo orientará con los enlaces que necesite. Nos encontramos en Facebook, Twitter, y YouTube.
¿Los requisitos de presentación, residencia y teletrabajo se ven afectados por la pandemia?
Para ver un resumen de la ley actual del estado de Nueva York y una orientación relacionada con las preguntas frecuentes debido a la pandemia de la COVID-19, consulte las Preguntas frecuentes sobre los requisitos de presentación, residencia y teletrabajo para el impuesto personal sobre la renta del Estado de Nueva York.
¿Extenderán los plazos para declarar o pagar?
Particulares
Las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas del estado de Nueva York para el año fiscal 2020, que originalmente debían presentarse el 15 de abril de 2021, se han ampliado hasta el 17 de mayo de 2021. En consecuencia, estas declaraciones del 2020, que originalmente debían presentarse el 15 de abril de 2021, así como los pagos del impuesto correspondientes, no estarán sujetos a ninguna multa por no presentación, por no pago, por pago tardío, pago insuficiente o intereses si se presentan y pagan antes del 17 de mayo de 2021. Los intereses, las sanciones y las adiciones al impuesto relacionadas con la extensión a las declaraciones y pagos del mismo comenzarán a acumularse a partir del 18 de mayo de 2021. Para obtener orientación, revise el anuncio N-21-1, relativo a la ampliación del plazo de presentación de las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas para el año fiscal 2020.
Proveedores de impuestos sobre las ventas
Los pagos y las declaraciones fiscales sobre las ventas para el período del 1.° de septiembre al 30 de noviembre vencieron el 21 de diciembre de 2020. No obstante, es posible que no se apliquen multas e intereses si no pudo presentar y pagar a tiempo y se dedica principalmente a negocios como restaurantes u otros establecimientos de servicio de alimentos en la ciudad de Nueva York que tuvieron que suspender la atención del comedor en un recinto cerrado debido a la Orden Ejecutiva 202.81, o como restaurantes u otros establecimientos de servicio de alimentos que tuvieron que suspender la atención del comedor en un recinto cerrado debido a la Orden Ejecutiva del Gobernador 202.68 por encontrarse en un área que fue designada Zona Naranja el 18 de diciembre de 2020. Debe presentar su declaración y abonar el monto total adeudado antes del 22 de marzo de 2021 para que se aplique esta desgravación. Esta desgravación no se aplica a los proveedores inscritos en PrompTax para el impuesto sobre las ventas y el uso.
Consulte Tax relief for quarterly and part-quarterly (monthly) sales tax vendors affected by COVID-19 (Desgravación fiscal para los proveedores de impuestos sobre las ventas trimestrales y mensuales afectados por la pandemia de COVID-19) para solicitar una exención de las multas y los intereses.
A modo de guía, consulte, N-20-12, Anuncio sobre la reducción de multas e intereses por impuestos sobre las ventas y el uso debido al nuevo coronavirus, COVID-19 (Announcement Regarding the Abatement of Penalties and Interest for Sales and Use Tax Due to the Novel Coronavirus, COVID-19).
Otros impuestos
Por el momento, no se han extendido otros plazos aparte de los enumerados anteriormente. Continuaremos actualizando esta página a medida que se disponga de nueva información.
Generadores eléctricos
El informe anual de los centros de generación eléctrica en principio estaba pendiente para el 30 de abril de 2020. Sin embargo, el plazo límite se extendió hasta el 30 de junio. Para obtener el formulario y las instrucciones, vea New annual reporting requirement for electric generating facilities (Nuevos requisitos del informe anual para los centros de generación eléctrica).
¿Habrá alivios para multas e intereses?
Particulares
Las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas del estado de Nueva York para el año fiscal 2020, que originalmente debían presentarse el 15 de abril de 2021, se han ampliado hasta el 17 de mayo de 2021. En consecuencia, estas declaraciones del 2020, que originalmente debían presentarse el 15 de abril de 2021, así como los pagos del impuesto correspondientes, no estarán sujetos a ninguna multa por no presentación, por no pago, por pago tardío, pago insuficiente o intereses si se presentan y pagan antes del 17 de mayo de 2021. Los intereses, las sanciones y las adiciones al impuesto relacionadas con la extensión a las declaraciones y pagos del mismo comenzarán a acumularse a partir del 18 de mayo de 2021. Para obtener orientación, revise el anuncio N-21-1, relativo a la ampliación del plazo de presentación de las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas para el año fiscal 2020.
Ciertos proveedores de impuestos sobre las ventas
Los pagos y las declaraciones fiscales sobre las ventas para el período del 1.° de septiembre al 30 de noviembre vencieron el 21 de diciembre de 2020. No obstante, es posible que no se apliquen multas e intereses si no pudo presentar y pagar a tiempo y se dedica principalmente a negocios como restaurantes u otros establecimientos de servicio de alimentos en la ciudad de Nueva York que tuvieron que suspender la atención del comedor en un recinto cerrado debido a la Orden Ejecutiva 202.81, o como restaurantes u otros establecimientos de servicio de alimentos que tuvieron que suspender la atención del comedor en un recinto cerrado debido a la Orden Ejecutiva del Gobernador 202.68 por encontrarse en un área que fue designada Zona Naranja el 18 de diciembre de 2020. Debe presentar su declaración y abonar el monto total adeudado antes del 22 de marzo de 2021 para que se aplique esta desgravación. Esta desgravación no se aplica a los proveedores inscritos en PrompTax para el impuesto sobre las ventas y el uso.
Consulte Tax relief for quarterly and part-quarterly (monthly) sales tax vendors affected by COVID-19 (Desgravación fiscal para los proveedores de impuestos sobre las ventas trimestrales y mensuales afectados por la pandemia de COVID-19) para solicitar una exención de las multas y los intereses.
A modo de guía, consulte, N-20-12, Anuncio sobre la reducción de multas e intereses por impuestos sobre las ventas y el uso debido al nuevo coronavirus, COVID-19 (Announcement Regarding the Abatement of Penalties and Interest for Sales and Use Tax Due to the Novel Coronavirus, COVID-19).
Proveedor que cobra impuestos sobre las ventas
Los proveedores que no pudieron declarar o pagar los impuestos sobre las ventas a tiempo debido a la COVID-19 pueden solicitar una exención de las sanciones impuestas mediante uno de los siguientes métodos:
- En línea: Acceda a su cuenta de servicios en línea y use Responder a su aviso o factura en línea.
- Teléfono: hable directamente con un representante del Departamento de Impuestos.
- Fax: también puede enviar por fax su solicitud escrita directamente al Departamento para su revisión.
- Correo: revisaremos cualquier solicitud de exención que presente por escrito.
Consulte el aviso que recibió para obtener números de teléfono y fax, dirección postal e instrucciones adicionales sobre cómo responder al departamento.
La ley federal del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 permite a las personas excluir hasta $10,200 del impuesto federal de compensación por desempleo. ¿Esta exclusión también se aplica al impuesto del estado de Nueva York?
No. De acuerdo con la legislación del estado de Nueva York, la indemnización por desempleo está sujeta a impuestos, lo que significa que debe declarar el importe total de la compensación por desempleo en su declaración del impuesto sobre la renta para personas físicas del estado de Nueva York. Si excluye la compensación por desempleo en su declaración federal, tal y como permite la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, debe volver a añadir la compensación por desempleo excluida en su declaración del estado de Nueva York.
El formulario IT-558, ajustes del estado de Nueva York por desvinculación del Código de Rentas Internas (Internal Revenue Code, IRC), se ha actualizado para informar esta adición como el código de ajuste A-011. Vea la información actualizada del impuesto sobre la renta para personas físicas para el 2020 (artículos 22 y 30).
Si aún no ha presentado su declaración del estado de Nueva York de 2020 y lo hace mediante un programa informático, este ya debería tener en cuenta esta actualización y volver a añadir la indemnización por desempleo excluida de la renta bruta federal. Si no presenta la declaración mediante un programa informático, asegúrese de volver a añadir la exclusión de la compensación federal por desempleo.
Si ya presentó su declaración del estado de Nueva York de 2020 y no añadió de nuevo la compensación por desempleo que estaba excluida de sus ingresos brutos federales, entonces debe presentar una declaración enmendada con el estado. Si no excluyó la indemnización por desempleo de su renta bruta federal, no presente una declaración enmendada ante el estado de Nueva York.
Existe algún alivio disponible si mi propiedad está programada para una venta de gravamen fiscal o una ejecución hipotecaria fiscal?
Si posee una propiedad que está sujeta a una venta de gravamen fiscal o una ejecución hipotecaria fiscal y es propietario de diez o menos unidades de vivienda residencial (incluida su residencia principal), puede declarar una dificultad relacionada con la pandemia de COVID-19 si cumple con ciertas condiciones. Los propietarios que cumplan con esas condiciones pueden utilizar el Form RP-1102-DS, Declaración del propietario sobre dificultades relacionadas con la pandemia de Covid-19 (Owner Declaration of Covid-19-Related Hardship), que debe presentarse ante el gobierno local correspondiente.
¿Aceptará firmas digitales?
El gobernador Cuomo emitió una orden ejecutiva en respuesta a la situación del coronavirus COVID-19 que autoriza temporalmente al Departamento de Impuestos a aceptar firmas digitales en lugar de firmas manuscritas en los documentos relacionados con la determinación o cobro de la responsabilidad fiscal. Para enterarse de los detalles, vea N-20-3, Autorización temporal para usar firmas digitales en ciertos documentos debido al nuevo coronavirus, COVID-19.
La autorización temporal para aceptar firmas digitales se extendió hasta el 15 de julio de 2020. Vea N-20-5, Autorización temporal extendida para usar firmas digitales en ciertos documentos debido al nuevo coronavirus, COVID-19.
¿Puedo anular y reprogramar un pago con devolución o prórroga?
Particulares
Si ya programó el pago de su declaración o prórroga para el 15 de abril de 2021, su pago por crédito directo no se reprogramará automáticamente para que se realice el 17 de mayo de 2021. Debe cancelar y programar un nuevo pago por crédito directo.
Cancele su pago programado
Para cancelar un pago programado para ser retirado de su cuenta bancaria en una fecha futura, debe presentar su solicitud de cancelación del pago programado con al menos dos días hábiles de antelación a la fecha de liquidación programada. Use View and cancel scheduled payments (Ver y cancelar los pagos programados) en su cuenta de Servicios en Línea para cancelar el pago.
Si no tiene una cuenta de Servicios en Línea, consulte Create account (Crear cuenta). Si requiere ayuda para crear su cuenta o prefiere cancelar su pago por crédito directo programado por teléfono, llame al 518-485-7884 para hablar con un representante. Al llamar, tenga a mano una declaración reciente y la información de su pago.
Programe un nuevo pago
Personas y fiduciarias
Para programar un pago nuevo en una fecha posterior, vea Personal Income Tax: Submit a payment (Impuesto sobre la renta sobre las personas físicas: hacer un pago).
Compañías
Para programar un pago de reemplazo en una fecha posterior, vea Corporation Tax: Submit a replacement payment (Impuesto sobre sociedades: hacer un pago de reemplazo).
¿Puedo cancelar un pago programado relacionado con una factura existente?
Si ha sido afectado directamente por el brote del nuevo coronavirus (COVID-19) y no puede hacer sus pagos programados regularmente al Departamento de Impuestos, comuníquese con nosotros al 518-457-5434 durante el horario laboral, de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. Para un servicio más rápido, tenga su número de seguro social o su número de identificación de empleador (employer identification number, EIN) disponible al momento de realizar la llamada.
Nuestros representantes pueden ayudarle con los siguientes problemas de pago relacionados con facturas existentes:
- pagos del acuerdo de pago fraccionado (installment payment agreement, IPA);
- pagos de ejecución de ingresos; y
- otros asuntos relacionados con el cobro.
¿Dónde puedo conseguir ayuda para preparar la declaración?
Si sus ingresos en 2020 fueron de $72,000 o menos, puede recibir asistencia fiscal virtual gratuita del departamento. Podemos ayudarle a preparar y presentar electrónicamente sus declaraciones de impuestos federales y estatales del 2020 sin costo alguno. Revise el programa de autoayuda facilitada (Facilitated Self Assistance, FSA).
Para obtener recursos adicionales, consulte nuestro centro de recursos para la temporada de declaración de impuestos.
Recursos
- Important notices (N-Notice) - 2020 (Avisos importantes [N-Notice] - 2020)
- Departamento de Salud del Estado de Nueva York (New York State Department of Health): Novel Coronavirus (COVID-19) New York State is Ready (Nuevo coronavirus [COVID-19] - El estado de Nueva York está preparado)
- Departamento de Salud del Estado de Nueva York: Stay Cyber Safe (Manténgase ciberseguro)
- Paid Sick Leave for COVID-19 Impacted New Yorkers (Licencia por enfermedad remunerada por COVID-19 para los neoyorquinos afectados)
- IRS (Servicio de Impuestos Internos [Internal Revenue Service]): Coronavirus tax relief (Desgravación fiscal por coronavirus)